domingo, 14 de noviembre de 2010

6 - TÍTULO DE TÉCNICO EN GESTIÓN ADMINISTRATIVA

REAL DECRETO 1677/94 DE 22/JULIO

El Real Decreto 1.677/1.994 de fecha 22 de Julio, establece el título de Técnico en Gestión Administrativa. Sigue y desarrolla las directrices generales sobre los títulos de formación profesional y sus enseñanzas mínimas marcadas en el RD 676/1.993 de 7 de Mayo.

El Real Decreto determina el currículo para las enseñanzas de formación profesional vinculadas al título de Técnico en Gestión Administrativa y por tanto desarrolla las enseñanzas mínimas del título.

El texto se estructura en dos artículos, una disposición adicional y cinco disposiciones finales.

La norma es de aplicación en el ámbito territorial del Ministerio de Educación y Ciencia. Éste, fijará las normas relativas a la evaluación y promoción de los alumnos, así como la distribución horaria. Por otro lado, autoriza al Ministerio a dictar cuantas normas crea necesarias para la aplicación del Real Decreto.

Para cumplir las exigencias de organización y metodología de la educación para adultos, se podrá adaptar el currículo conforme a las necesidades y condiciones de la población adulta.
En el anexo I al Real Decreto, se listan los contenidos y cargas horarias de los distintos módulos profesionales que existen en el título de Técnico en Gestión Administrativa.

Ø  MODULO PROFESIONAL 1: Comunicación, archivo de la información y operatoria de teclados  (160 horas)
Ø  M.P. 2: Gestión Administrativa de compraventa (  95 horas)
Ø  M.P. 3: Gestión Administrativa de personal (  95 horas)
Ø  M.P. 4: Contabilidad general y tesorería (160 horas)
Ø  M.P. 5: Productos y servicios financieros y de seguros, básicos (160 horas)
Ø  M.P. 6: Principios de gestión administrativa pública (95 horas)
Ø  M.P. 7: Aplicaciones informáticas (160 horas)
Ø  M.P.8: Formación y oriental laboral (65 horas)
Ø  M.P. Formación en centros de trabajo (340 horas)

Dentro de cada uno de ellos se indican los contenidos mínimos de cada uno de los módulos a modo de guión.

En el anexo II al Real Decreto se fijan los requisitos de espacios e instalaciones necesarios para poder impartir los ciclos formativos de Técnico de Gestión Administrativa. A modo de resumen se marcan las siguientes superficies mínimas:

                            Aula de Administración y gestión:                 90 m2
                            Aula de informática:                                       60 m2
                            Aula polivalente:                                             60 m2

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